Lasdiscapacidades en las que concurren evidencias contrastadas que determinan de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida y que podrán dar lugar a la reducción de la edad de jubilación, son las enumeradas en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis (actual artículo

Excepto los coeficientes reductores sobre la base reguladora de jubilación cuando llega al tope máximo de pensión, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. Además, se hace estable la llamada ‘cláusula de salvaguarda’, que beneficia a aquellas personas cuya relación laboral se extinguió antes del 1 de abril de 2013 y no pudieron

Laincidencia de la reducción de jornada en los derechos pasivos, con independencia del motivo que la origine, está regulada en el artículo 30.4 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, en el que se establece que: “El haber regulador a efectos pasivos correspondiente a los servicios prestados por el funcionario
Lareducción de jornada antes de la jubilación es una opción cada vez más demandada por los trabajadores que se acercan a la edad de retiro. Esta modalidad consiste en disminuir el horario laboral de forma gradual, permitiendo así a los profesionales adaptarse de manera progresiva a su futuro cambio de ritmo de vida.
Jornadasinalterables. Los funcionarios que quieran la jubilación parcial tendrán que haber cotizado 33 años La antigüedad mínima en la Administración será de seis años para una reducción

Lacuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública, o del que se esté percibiendo, en el momento de inicio de la compatibilidad con el trabajo, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos,

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